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El Programa:

El «Programa de inversión y crecimiento empresarial de Meriden» fue financiado inicialmente por la adjudicación del Consejo Municipal de Meriden de hasta $5.000.000 de fondos de la Ley de Plan de Rescate Estadounidense (ARPA, por sus siglas en inglés) para ayudar a la reinversión en propiedades e infraestructuras de Meriden, con el fin de reducir la desocupación empresarial en las vidrieras y promover el desarrollo empresarial y los corredores empresariales activos en la ciudad de Meriden. Este programa ayudó principalmente a las empresas emergentes de Meriden, por lo que en marzo de 2023 el Consejo Municipal de Meriden adjudicó $1,500,000 adicionales del fondo de la ARPA para ayudar a las empresas existentes en Meriden que habían sido afectadas negativamente por la pandemia de COVID-19. Este nuevo programa se denomina «Programa de inversión y crecimiento empresarial de Meriden 2.0» (el «Programa»).

Solicitantes serán requeridos a proporcionar un Schedule C Tax Form en conjunto con una certificación de buena reputación con el Departamento de Servicios de Ingresos del estado de Connecticut.

Gestión del Programa:

El Programa será gestionado por el Departamento de Desarrollo Económico y Comunitario (el “Departamento”) de la Ciudad de Meriden en coordinación con el Departamento de Desarrollo Reforzamiento y el Departamento Financiero y con la asistencia de la Corporación de Desarrollo Económico de Meriden (“MEDCO”, por sus siglas en inglés) y la Cámara de Comercio Midstate (la “Cámara Midstate”).

Capitalización inicial del programa:

$1,500,000

Objetivo:

El objetivo del Programa es proporcionar subvenciones a las empresas existentes de Meriden, que fueron afectadas negativamente por la pandemia de COVID-19, mediante el pago de equipos, servicios u otros gastos permitidos según las directrices de la ARPA.  A diferencia del programa anterior, este Programa solo requerirá de fondos de contrapartida por parte de los solicitantes de subvenciones que superen los $25,000.  Este programa está dirigido a potenciar la revitalización y a contribuir positivamente con el bienestar económico de la Municipalidad y del Estado, mediante el aumento del empleo y del valor de las propiedades de Meriden, y logrando una economía más vibrante y activa con un mayor número de personas, empresas, balance de ingresos y oportunidades.

Actividades elegibles y montos del programa:

Los gastos elegibles del programa propuestos como parte de esta iniciativa serán la adquisición de equipos y servicios para las empresas elegibles con el fin de contribuir a su revitalización y permitir el aumento de negocios en el futuro para compensar los efectos adversos relacionados con la COVID. (Todos los gastos del Programa para estas actividades estarán sujetos a los requisitos de compra de la Municipalidad de Meriden aquí presentados). Se permiten tres (3) niveles de otorgamiento de subvenciones en función del número de empleados equivalentes a tiempo completo de la empresa, con los siguientes desgloses presupuestarios iniciales:

  1. Empresas con 2-4 empleados equivalentes a tiempo completo: Las subvenciones estarán disponibles para las empresas elegibles, para las actividades elegibles, en la cantidad de hasta $15,000 cada una.  No se exigirá una contrapartida a la empresa por esta financiación mediante subvención.  La asignación presupuestaria para esta categoría de subvenciones para empresas elegibles sería de $150,000.
  2. Empresas con 5-9 empleados equivalentes a tiempo completo: Las subvenciones estarán disponibles para las empresas elegibles, para las actividades elegibles, en la cantidad de hasta $25,000 cada una. No se exigirá una contrapartida a la empresa por esta financiación mediante subvención. La asignación presupuestaria para esta categoría de subvenciones para empresas elegibles sería de $350,000.
  3. Empresas con más de 10 empleados equivalentes a tiempo completo: Las subvenciones estarán disponibles para las empresas elegibles, para las actividades elegibles, en la cantidad de hasta $100,000 cada una.  Se exigirá un contrapartida a las empresas para cualquier otorgamiento de subvención que supere los $25,000, con el mismo nivel de contrapartida del Programa de inversión y crecimiento empresarial de Meriden, ya existente, (es decir, 25% de contrapartida para las empresas ubicadas en el Distrito Orientado al Tránsito de Meriden (TOD, por sus siglas en inglés) y 50 % de contrapartida para todas las demás ubicaciones empresariales). La asignación presupuestaria para esta categoría de subvenciones para empresas elegibles sería de $1,000,000.

El financiamiento del programa solo se permitirá para los gastos empresariales y no se permitirá para el reembolso del alquiler, utilidades, ni costos de capital gastados por los Solicitantes antes de la aprobación definitiva de la solicitud de subvención.

Divulgación y solicitudes:

Las actividades de divulgación para los Solicitantes de este Programa se iniciarán a través del Departamento de Desarrollo Económico y Comunitario de la Ciudad, el Departamento de Aplicación de Códigos de la Ciudad, la Cámara Midstate, MEDCO y a través de programas de divulgación a empresas de grupos minoritarios como la Asociación de Comerciantes Hispano-estadounidense (SAMA, por sus siglas en inglés), la Alianza de Empresas de Negros y otros recursos de desarrollo económico locales y estatales. Se desarrollará un proceso de solicitud y las solicitudes se pedirán a partir del inicio del Programa. Se pedirán presolicitudes de parte de los Solicitantes para su revisión, antes de la preparación de las solicitudes detalladas para su presentación y aprobación definitiva. Las presolicitudes serán recibidas por el Departamento y remitidas de la siguiente forma:

  • En primer lugar, al consultor de la ARPA de la Municipalidad para la revisión de las actividades propuestas y del Solicitante para verificar la conformidad con los reglamentos federales de la ARPA;
  • En segundo lugar, si el consultor de la ARPA de la Municipalidad lo aprueba, (se remitirá) a la MEDCO para su revisión por parte del comité establecido de la MEDCO, este último revisa y recomienda la aprobación de las solicitudes del Programa; y
  • En tercer lugar, al Departamento para su aprobación definitiva en concordancia con las prioridades del Departamento y la Municipalidad; el Departamento puede rechazar y vetar o retrasar cualquier solicitud aprobada por el comité de aprobación de la MEDCO.

Una vez culminadas y aprobadas las presolicitudes por parte del comité de aprobación de la MEDCO y por el Departamento, los solicitantes serán remitidos a una firma consultora contratada por la Municipalidad con fondos del Programa (el «Conserje de solicitantes») para ayudar a los Solicitantes con la preparación de su solicitud detallada para la consideración y aprobación definitiva.  La aprobación estará condicionada, entre otras cosas, a que las solicitudes detalladas estén en concordancia con los reglamentos municipales y federales, y con las directrices del Programa.  Una vez aprobadas las solicitudes definitivas, el Departamento preparará y suscribirá los acuerdos de subvención por escrito y la documentación asociada con los Solicitantes aprobados.

El Departamento y MEDCO participarán en períodos de solicitud sucesivos de hasta 90 días cada uno para recibir y revisar grupos de solicitudes, y continuarán con períodos de solicitud sucesivos hasta la fecha que resulte más cercana, bien el 31 de diciembre de 2024 o la fecha en la que se haya adjudicado todo el financiamiento del Programa.

Prioridades de financiamiento:

Se dará prioridad de financiamiento a los proyectos ubicados en el TOD de Meriden, que estén ubicados en una zona censal, para permitir oportunidades adicionales de empleo y negocios para los empresarios pertenecientes a minorías y empresarios socialmente desfavorecidos.

A continuación se exponen las consideraciones iniciales sobre las solicitudes de empresas prioritarias y de menor rango para este Programa:

  1. Proyectos prioritarios: Empresas que se ajustarían a la demografía económica de Mérida:
    • Apoyo a las empresas pertenecientes a minorías y a mujeres
    • Cervecería artesanal/ {Destilería artesanal}: Desarrollo Económico ya está en contacto con el Gremio de Cerveceros de Connecticut
    • Atención médica
    • Entretenimiento familiar, por ejemplo, música, arte
    • Restaurantes
    • Fabricación
    • Industria de servicios:
      • Por definición: banca, comunicaciones, comercio mayorista y minorista, todos los servicios profesionales como ingeniería, desarrollo de software informático y medicina, actividad económica sin fines de lucro, todos los servicios al consumidor y todos los servicios gubernamentales, incluyendo defensa y administración de justicia
  2. Empresas de baja calificación - Debido a la abundancia de empresas enumeradas
    • Tiendas de empaques
    • Salones de tatuajes
    • Tiendas de pizza
  3. Clasificación de las Solicitudes - Consideraciones iniciales
    • De mayor impacto, es decir, la necesidad
    • La mayor oportunidad para la creación de empleos
    • Con capacidad financiera para completar el proyecto
    • Longevidad de la empresa

Se desarrollarán criterios detallados para revisar y evaluar uniformemente las solicitudes y la información de respaldo asociada y para determinar la prioridad de las solicitudes recibidas.

Requisitos de contrapartida:

Las subvenciones por montos de $25,000 o menos no requieren de una inversión de contrapartida por parte del Solicitante. A los Solicitantes aprobados con subvenciones superiores a los $25,000 y con la ubicación de la empresa fuera del Distrito Orientado al Transito de Meriden («TOD») se les exigirá mostrar una inversión en efectivo (bien mediante inversión en efectivo o mediante una línea de crédito comprometida) por parte de los propietarios y/o el arrendatario actual o potencial, por un monto no inferior a la mitad (½) del monto de los fondos del Programa aprobados para el proyecto. A los Solicitantes aprobados con subvenciones superiores a los $25,000 y con la ubicación de la empresa dentro del TOD se les exigirá mostrar una inversión de contrapartida no inferior a la cuarta parte (¼) del monto de los fondos del Programa aprobados para el proyecto. Además de los costos directos del proyecto pagados por los Solicitantes, serán considerados como contrapartida los costos de diseño para la preparación de los planes y solicitudes de financiamiento en los que incurran los Solicitantes. Los fondos procedentes de préstamos para pagar los costos del proyecto en que incurran los solicitantes se contabilizarán en el requisito de contrapartida, siempre que dichos fondos se utilicen realmente para pagar los costos del proyecto.

Fecha de culminación obligatoria:

Las solicitudes definitivas completas y detalladas deben presentarse en un plazo de 90 días a partir de la notificación a los Solicitantes sobre la aprobación de su presolicitud, o dentro del tiempo adicional que pudiera aprobar el Departamento o el Comité aprobaciones de la MEDCO. Todas las solicitudes detalladas de proyectos a ser financiados por el Programa deben ser completadas antes del 31 de diciembre de 2024, y todos los fondos del Programa deben ser totalmente aprobados y adjudicados antes de la misma fecha. Cualquier solicitud o presolicitud de financiamiento pendiente que no haya sido completada y aprobada, y cualquier obligación de la Municipalidad de considerar proporcionar fondos del Programa para cualquier solicitud no aprobada, caducará y terminará en esa fecha.

Solicitantes elegibles:

Los solicitantes elegibles para las actividades del Programa son las empresas bona fide de Meriden que hayan estado en funcionamiento por un mínimo de dos (2) años durante la pandemia de la COVID-19, y que puedan demostrar mediante evidencia documental que han sido afectadas negativamente por la pandemia de la COVID-19.

Los solicitantes pueden presentar solo una solicitud de subvención por cada empresa ubicada en Meriden.

Gastos y compras elegibles a través de la Municipalidad; inspecciones y reportes de seguimiento:

Los gastos del proyecto financiados por el Programa se limitarán a los costos y servicios permitidos por los reglamentos federales de la ARPA y las directrices del Programa. Tales gastos pueden incluir, sin limitación, costos de equipos, costos directos de construcción y costos de diseño y de bienes muebles y servicios requeridos por la empresa elegible. Los fondos del Programa NO pueden usarse para reembolsar ningún préstamo previo solicitado y recibido para el proyecto antes de la aprobación de la solicitud definitiva, ni para gastos prohibidos por los reglamentos federales o estatales, o por las directrices del Programa.

Todos los gastos de los fondos del Programa deben cumplir con los requisitos de compra de la Municipalidad de Meriden. Se exigirá la aprobación de tales costos de proyecto mediante el Departamento de Compras de la Municipalidad de Meriden para los gastos del Programa. Por ejemplo, todos los gastos del Programa de $25,000 o mayores requerirán de una licitación competitiva a través del Departamento de Compras de la Municipalidad de Meriden. Sin embargo, los gastos del proyecto aprobado que no sean financiados por los fondos del Programa no tendrán que cumplir con los procedimientos de licitación de la Municipalidad de Meriden. No obstante, cualquiera de tales gastos no financiado por los fondos del Programa calificará como fondos de la contrapartida requerida por el Programa.

Las restricciones salariales vigentes de Connecticut aplicarán a todos los contratos para gastos de los fondos del Programa. También se aplicarán las restricciones salariales de la Ley federal Davis-Bacon si en el proyecto se emplean otros fondos estatales o federales.

El Conserje de solicitantes estará disponible para ayudar a los Solicitantes a determinar los gastos que pueden aprobarse.

Todos los Solicitantes deben optar por un número identificador de la entidad único (UEI, por sus siglas en inglés), federal, en www.SAM.gov en el momento de la presentación de una solicitud detallada de subvención después de que se apruebe una presolicitud y debe obtener y proporcionar ese número a la Municipalidad de Meriden antes de completar el programa de subvención, o la Municipalidad de Meriden podría exigir el reembolso de cualquier monto de subvención gastado.

Se exigirá a los solicitantes que presenten informes y faciliten información de apoyo sobre los costos y actividades del proyecto, tal y como exijan el Departamento y MEDCO o en virtud de los reglamentos federales o estatales aplicables.

La Municipalidad de Meriden puede inspeccionar de vez en cuando el proyecto y los registros empresariales de los Solicitantes aprobados, según lo requiera para obtener información y garantizar el cumplimiento de la solicitud aprobada del Programa y del acuerdo de subvención con la Municipalidad.

Documentación del Solicitante:

Además de los de los otros requisitos aquí descritos, y según puede ser establecido por el Departamento como parte del diseño del programa, se exigirán lo siguiente:

Presolicitud: En el proceso de solicitud, el proceso de presolicitud exigirá lo siguiente:

  • Información sobre el(los) solicitante(s) propuesto(s).
  • Una descripción del impacto negativo de la COVID-19 experimentado por la empresa.
  • Una descripción del proyecto y costos estimados.
  • Una descripción de las fuentes previstas para los fondos de contrapartida exigidos (para las subvenciones que superen los $25,000).
  • Documentación adicional que pueda ser requerida en base a las circunstancias particulares de la solicitud.

Solicitud detallada: Las solicitudes detalladas de los Solicitantes deben suministrar lo siguiente:

  • Estados financieros, declaraciones de impuestos u otra documentación que demuestre el requisito de impacto negativo de la COVID-19 y cualquier fondo de contrapartida exigido - incluso, sin limitación, la Declaración de pérdidas y ganancias emitida por un contador público autorizado (CPA, por sus siglas en inglés) para 2019, 2020 y 2021 O las declaraciones de impuestos presentadas para 2019, 2020 y 2021 con información personal redactada, y una copia de la Carta de estatus del Departamento de Servicios de Impuestos del Estado de Connecticut. Esta información será archivada por MEDCO como información confidencial y no se divulgará al público.
  • Planes detallados o descripción del proyecto que demuestren el trabajo a realizar o los usos propuestos para el proyecto y los fondos del Programa.
  • Un presupuesto detallado para el proyecto propuesto para la totalidad de los costos de ejecución o del Programa y un presupuesto que muestre los usos específicos de los fondos de la subvención del Programa.
  • Información sobre las empresas propiedad de minorías y de mujeres apoyadas por el Programa y los proyectos que apoyan a los residentes de minorías o de bajos ingresos de Meriden.
  • Contratos de alquiler de las instalaciones afectadas que evidencien un plazo de alquiler, o un plazo restante, no inferior a tres (3) años para cualquier solicitud en la que el arrendatario sea un Solicitante, aporte financiamiento de contrapartida o contribuya al pago del costo del proyecto.
  • Formularios W-9 y cualquier otra documentación y otros acuerdos o información exigida por los reglamentos federales de subvenciones o para cumplir con otros requisitos federales, estatales o municipales.
  • Los proyecto de construcción que requieran la presentación de planos que hayan sido sellados como aprobados por un arquitecto, ingeniero y otro profesional de diseño autorizado de CT, antes de la aprobación de los fondos de la subvención. Este requisito se incluirá en el acuerdo de subvención entre la Municipalidad y el(los) Solicitante(s) aprobado(s). Los solicitantes serán los únicos responsables del cumplimiento de todos los requisitos de construcción y del código del Estado y la Municipalidad.
  • Puede requerirse documentación adicional en base a una solicitud particular.

Empresas solicitantes no elegibles:

  • Las empresas involucradas en actividades prohibidas por las leyes federales o las leyes aplicables de la jurisdicción en la que se ubica o funciona la empresa, p. ej., Empresas relacionadas con el Cannabis o dispensarios de Marihuana.
  • Empresas involucradas en actividades de especulación que desarrollan ganancias a partir de las fluctuaciones de los precios y no del curso normal del comercio.
  • Instalaciones usadas principalmente para los juegos de azar o para facilitar los juegos de azar.
  • Empresas dedicadas principalmente a actividades de lobby (presión).
  • Empresas involucradas en ventas con esquemas piramidales.
  • Tiendas de préstamos de día de pago.
  • Empresas de naturaleza sexualmente impúdica.
  • Todo Solicitante que actualmente esté moroso o esté incumpliendo cualquier otra ayuda u obligación financiera estatal o municipal.
  • Todo Solicitante que esté moroso en los impuestos federales, estatales o locales.

Declaraciones del solicitante:

Cada solicitante debe declarar en la aplicación detallada y en el acuerdo de subvención que:

  • No usa los fondos del préstamo:
    • para pagar impuestos sobre la renta federales o estatales morosos;
    • para pagar los impuestos en fideicomisos o en custodia;
    • para reembolsar fondos adeudados a cualquier propietario, incluso cualquier inversión en capital social o inversión de capital para la continuidad de la empresa; ni
    • comprar cualquier porción de la participación de cualquier propietario de la empresa.
    • Reembolsar cualquier préstamo obtenido por el(los) Solicitante(s) antes de la aprobación de la solicitud de subvención definitiva; no obstante, se permitirá el pago de líneas de crédito obtenidas después de la aprobación de la solicitud de subvención si dichos préstamos se usaron para los gastos del proyecto que están siendo reembolsados por los fondos del Programa.
  • El solicitante no esté haciendo afirmaciones falsas.
  • El solicitante no sea:
    • Un ejecutivo, director o accionista principal de MEDCO o de cualquier otro contratista que colabore en el Programa.
    • Un familiar directo de un ejecutivo, director o accionista principal de MEDCO o de cualquier otro contratista que colabore en el Programa.
    • Una empresa involucrada en actividades de especulación que obtiene ganancias de la fluctuación de los precios, tal como la exploración petrolífera y la negociación de futuros de materias primas, a menos que esas actividades sean incidentales a las actividades regulares de la empresa y parte de un riesgo legítimo de la estrategia de gestión para protegerse de las fluctuaciones de precios relacionadas con las actividades regulares de la empresa o con el curso normal del comercio.
    • Una empresa involucrada en ventas piramidales, en la que el incentivo principal del participante se basa en las ventas realizadas por un número cada vez mayor de participantes.
    • Una empresa involucrada en actividades prohibidas por las leyes federales o, si son permitidas por las leyes federales, prohibidas por las leyes aplicables de la jurisdicción donde se encuentra ubicada o funciona la empresa (esto incluye empresas tales como fabricación, venta, servicio o distribución de productos y servicios usados en relación con una actividad ilegal, a menos que pueda demostrarse que ocurre completamente fuera del mercado al que la empresa está dirigida); esta categoría de empresas incluye a las empresas directas e indirectas de Marihuana, según lo define el Procedimiento operativo estándar 50 10 6 de la Agencia Federal de Pequeños Negocios (SBA, por sus siglas en inglés.
    • Una empresa que obtenga más de la mitad de sus ingresos brutos anuales de actividades de juegos de azar legales.

Fecha prevista de inicio del Programa:

15 de abril de 2023

Tarifas administrativas:

El Departamento gastará las tarifas para la administración del Programa a partir de los fondos adjudicados al Programa de inversión y crecimiento empresarial de Meriden, ya existente. En este Programa no se adjudican más tasas administrativas.

Reembolso de los gastos aprobados y requisitos de notificación:

Los pagos de la Municipalidad a los Solicitantes aprobados se realizarán en concordancia con los términos de un acuerdo de subvención entre la Municipalidad y el Solicitante. Los Solicitantes aprobados también tendrán que llevar registros y presentar información periódicamente a la Municipalidad para cumplir con los requisitos de financiamiento de subvención estatales y federales para los fondos del Programa de la Ley de Recuperación Estadounidense, como se detallará en el acuerdo de subvención entre la Municipalidad y el Solicitante aprobado.

Revisión de las directrices del Programa:

Las directrices del Programa y la descripción de este Programa pueden ser enmendadas por la Municipalidad y por MEDCO en cualquier momento y de vez en cuando, estas enmiendas entrarán en vigor inmediatamente después de la aprobación por parte del Comité de aprobación de MEDCO y del Departamento. No se ofrece, ni se pretende ofrecer, ningún derecho legal a ningún Solicitante ni a ninguna otra parte hasta que, o a menos que, se haya aprobado una solicitud completa de subvención y se haya formalizado un acuerdo de subvención entre los Solicitantes y la Municipalidad de Meriden. En caso de que exista una incoherencia irreconciliable entre las directrices del Programa o la Descripción de este Programa y el acuerdo de subvención de la Municipalidad, prevalecerán y regirán las disposiciones del acuerdo de subvención de la Municipalidad.

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